De acuerdo a lo definido en la Ley Nº 18.600 del 21 de setiembre de 2009, la Firma Electrónica se define como:

 ...los datos en forma electrónica anexos a un documento electrónico o asociados de manera lógica con el mismo, utilizados por el firmante como medio de identificación.

Efectos legales de la firma electrónica avanzada:
  • Tendrá idéntica validez y eficacia que la firma autógrafa consignada en documento público o en documento privado con firmas certificadas, siempre que esté debidamente autenticada por claves u otros procedimientos seguros y que cumpla con los siguientes requisitos:
        • que se corresponde con el certificado reconocido emitido por un prestador de servicios de certificación acreditado, que lo asocia con la identificación del signatario;
        • que la firma electrónica avanzada se corresponde con el documento respectivo y que el mismo no fue alterado ni pueda ser repudiado;
        • que la firma electrónica avanzada ha sido creada usando medios que el signatario mantiene bajo su exclusivo control y durante la vigencia del certificado reconocido
La firma electrónica avanzada debe:
  • Requerir información de exclusivo conocimiento del firmante, permitiendo su identificación unívoca.
  • Ser creada por medios que el firmante pueda mantener bajo su exclusivo control;
  • Ser susceptible de verificación por terceros;
  • Estar vinculada a un documento electrónico de tal modo que cualquier alteración subsiguiente en el mismo sea detectable;
  • Haber sido creada utilizando un dispositivo de creación de firma técnicamente seguro y confiable y estar basada en un certificado reconocido válido al momento de la firma.


  

  

  

 

 

 

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